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De
acuerdo a los Estatutos de la Universidad Politécnica de El Salvador,
publicados en el Diario Oficial el 6 de julio de 2000, el artículo siguiente
presenta información importante acerca de la Asamblea General:
Art.
9.- La Asamblea General
será la máxima autoridad en materia normativa y de elección de los miembros
de la Junta de Directores y del Auditor Externo.
La
Asamblea General tendrá las siguientes funciones:
-
Aprobar los Estatutos de la Universidad y sus modificaciones.
-
Elegir, para un período de cinco años, a los miembros de la Junta de
Directores, y fijar anualmente las dietas de los Directores Propietarios y de
los Directores Suplentes que la integran. El
Rector, el Vicerrector y el Secretario General no devengarán dietas.
-
Elegir anualmente, para el período fiscal correspondiente, al Auditor
Externo de la Universidad, de entre una terna de candidatos propuesta por el
Rector, y fijar sus emolumentos.
-
Conocer la Memoria Anual de Labores que le presente la Junta de
Directores y tomar resolución sobre la misma.
-
Admitir como nuevos miembros de la Asamblea General a personas naturales
o a personas jurídicas propuestas por sus integrantes de acuerdo a los
procedimientos establecidos en los artículos catorce, quince y dieciséis de
estos Estatutos.
-
Suspender, temporalmente o definitivamente, a cualquiera de sus miembros
en el goce de sus derecho a integrarla, conforme al procedimiento que ella misma
establezca, y por las causales que establecen los Artículos dieciocho y
diecinueve de estos Estatutos.
-
Elegir en cada reunión, de entre sus miembros, a un Presidente y a un
Secretario de actuaciones que se encarguen, respectivamente, de presidir la sesión
y de elaborar el acta correspondiente.
-
Servir como última instancia en la resolución de conflictos entre
autoridades de la Universidad.
-
Cualquier
atribución que le asignen estos Estatutos y los Reglamentos de la Universidad.
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